El nuevo código fiscal rumano, con entrada en vigor el 1 de enero del 2014, prevé una importante modificación en el tratamiento de los importes donados por parte de personas físicas o jurídicas a terceros en concepto de patrocinio, mecenazgo o becas privadas (Sponsorizarea, mecenatul, burse private), explica José Miguel Viñals en su blogRumanía Empresarial.

José Miguel ViñalsFoto: Hotnews

Antes de entrar en el detalle de este cambio, que parece intrascendente pero puede tener un efecto muy positivo, vale la pena explicar lo que representan estos conceptos:

Patrocinio (Sponsorizarea): Acto jurídico por el cual dos personas, patrocinador y patrocinado, acuerdan la transferencia de la propiedad de unos bienes materiales o financieros con el objetivo de apoyar actividades sin ánimo de lucro realizadas por el patrocinado. Es decir, el patrocinador puede dar dinero o bienes (muebles, material informático, material de oficinas,…) al beneficiario. El contrato de patrocinio es privado entre las partes.

Mecenazgo (Mecenatul): Acto por el cual una persona física o jurídica llamada mecenas transfiere, sin esperar contrapartida, el derecho de propiedad de bienes materiales o financieros a una persona física, como actividad filantrópica para que ésta realice una actividad humanitaria en el campo cultural, artístico, médico o científico. El contrato de mecenazgo se registrará en notaría.

Beca privada (Bursa privata): Es el apoyo que, en base a un contrato, una persona física o jurídica acuerda a un estudiante de estudios básicos o superiores para que pueda seguir el plan formativo acordado, en instituciones de enseñanza acreditadas en Rumanía o en el extranjero.

Normalmente todas las empresas reciben solicitudes de patrocinio, siendo ésta la práctica más habitual de las tres opciones indicadas.

Hay ONG’s de todo tipo que deben inscribirse en el Registro de Asociaciones y cumplir con los perceptivos controles contables. Nosotros mismos disponemos de una, Via Rumania Cultura, creada en el 2013 y con el objetivo de promover los intercambios culturales, económicos y sociales entre Rumanía y España (www.viarumaniacultura.com). Nuestra asociación se financia básicamente con donaciones privadas de clientes u otros y con el apoyo de instituciones públicas, previa presentación en plazo de los proyectos previstos para el próximo año. También puede llevar a cabo prestación de servicios o acciones comerciales dentro de su ámbito de acción.

El código fiscal rumano permite, tal como hemos visto, el patrocinio (o mecenazgo o becas) sin que esto suponga un coste fiscal para la empresa dentro de ciertos límites.

¿Por qué no constituye un coste fiscal? Porque el importe del patrocinio se puede deducir del pago del impuesto de sociedades. Es decir, Si al estado la empresa ha de pagar 100 de IS y ha dado 15 en patrocinio, a hacienda dará sólo la diferencia, es decir 85 (ver condiciones de más abajo).

¿Cuáles son los límites? Pues no eran muy generosos la verdad, y de ahí una de las críticas que siempre se han hecho contra el presente reglamento. Se aceptaban donaciones siempre que como máximo fuera menor de los siguientes límites:

a) 3 por mil (0,3%) de las ventas de la empresa

b) 20% del impuesto de sociedades a pagar.

Es decir, una empresa con 1.000.000 lei de ventas (netas) y 100.000 lei de beneficio podía dar un máximo de:

a) 1.000.000 x 0,3% = 3.000 lei

b) 100.000 x 20% = 20.000 lei

Podía donar tres mil lei sin que le supusiera gasto, pagando a hacienda los restantes 17.000 lei. Y además obtenía los posibles beneficios de publicidad y buena imagen que esta contribución podía representar. Si daba más, pongamos 10.000 lei, la diferencia de 7.000 lei se consideraba gasto no deducitible.

¿Cuál era el problema? Pues que la donación se debía hacer antes de finalizar el año. Es decir, en la declaración de IS del 2013, hecha en el 2014 (en su versión final, se hacen pagos trimestrales), se podían deducir los importes pagados durante el 2013. Los pagados en el 2014 serán para la declaración a preparar en el 2015.

Por lo general las empresas no podían saber de forma exacta su resultado fiscal para el año en curso hasta bien entrado el enero posterior, con lo que limitaban los pagos por miedo a sobrepasarse y que un posible exceso no fuese considerado fiscalmente deducible.

Y aquí es donde vienen las buenas noticias: Se revisa el régimen fiscal aplicable a los pagos en concepto de patrocinio y se permite que los posibles excesos de un año se puedan considerar a cuenta del IS a pagar en los posteriores 7 años.(consecutivos)

Es decir, ya no hay riesgo de pasarse y perder el derecho a disfrutar de la ventaja fiscal que representa ese pago (a menos que no haya beneficio en 7 años…).

Considero que es una excelente noticia pues sé que muchas empresas se auto limitaban en sus donaciones, y espero que este cambio relaje la reticencia empresarial al patrocinio. Así pues, cuando reciban solicitudes de apoyo a causas con las que puedan estar de acuerdo (solidarias, culturales, sociales, limpieza de bosques,…) no se lo piensen mucho y apoyen. Su ayuda es importante y más que bienvenida.

En cualquier caso me permito una última reflexión al respecto: ¿Era necesario que la donación no supusiera un coste a la empresa para convencerla de que donase? ¿No podía una empresa considerar la posibilidad de hacer una donación, independientemente de sus posibles beneficios fiscales, sólo por la satisfacción de participar en una buena causa?

Al fin y al cabo, la sustitución fiscal debería ser un más a más, un incentivo adicional. La contribución a la consecución de una mejora social debería ser el principal motor de toda acción de apoyo (patrocinio, mecenazgo, beca). Sé de varios casos que así ha sido, y esto les honra doblemente. Nosotros hemos recibido importes de empresas que ni sabían del beneficio fiscal. Su generosidad debe sin duda ser doblemente reconocida.

Un paralelismo:

En España soy donador de sangre desde tiempos universitarios. No recibo nada más que un bocadillo y un zumo post donación. Siempre hace falta sangre, y creo que en general los españoles tenemos bastante presente la faceta de donante. Nunca sabemos cuándo puede hacernos falta, a nosotros o a alguine cercano. La donación es un proceso bastante agradable (al menos en Barcelona y Madrid, donde doné), sin esperas y en ambientes bonitos.

En Rumanía, donde también soy donante, la donación se motiva con la entrega de un librito de tickets restaurante por valor equivalente a unos 15 €. Es aquí un valor considerable. Mucha gente dona sangre por este beneficio, si no, no o harían. Es de hecho una venta. Se ve en la cola de donantes, por lo general personas de pocos recursos que cambiarán los bonos por comida en un supermercado. El proceso es muy lento, de unas 2 horas, lleno de colas, en espacios desangelados y sin sillas, sólo dulcificados por la simpatía y cordialidad del cuerpo médico, verdaderos profesionales. Además la mayoría de la población no entiende que hay que donar sin esperar nada a cambio. Me enorgullece que en mi equipo seamos 4 los que donamos cada 3 meses por la satisfacción de hacer un bien a alguien.

Sin duda también en Rumanía cambiará con el tiempo la percepción de la donación de sangre (y órganos). Cabe esperar que también entre las empresas rumanas (muchas en manos de extranjeros) se instale la satisfacción de participar en proyectos sociales justos por el placer de hacerlo, por responsabilidad social, y que los beneficios fiscales no sean más que el premio final a esa generosidad.